CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS
Por Partido Nacionalista Peruano.
Sintesis de los hechos por los que se ataca a Ollanta Humala, en una nota firmada por la Secretaría de Relaciones Internacionales del Partido Nacionalista Peruano.
(CASO ANDAHUAYLAS)
01.01.2005 Cuando Ollanta Humala se encontraba en Seúl como agregado militar, se produce la toma de la Comisaría de la provincia de Andahuaylas en el Perú, liderada por Antauro Humala (mayor en retiro del Ejército Peruano y hermano de Ollanta) quien protestaba por la falta de legitimidad del gobierno de Alejandro Toledo.
A raíz de ello el Fiscal de Andahuaylas denuncia a Antauro y a más de 160 reservistas (ex miembros del Ejército Peruano que han cumplido el servicio militar). Se suscitó un conflicto de competencia y el caso fue derivado a la ciudad de Lima.
Nov. 2005 Llegado a Lima el expediente judicial; el Fiscal de la 38 Fiscalía Provincial Penal de Lima formaliza denuncia ante el 38 Juzgado Penal de Lima. En ella, solicita citar a Ollanta Humala como testigo.
DIC. 2005 El 38 Juzgado Penal de Lima abre instrucción (investigación) contra Antauro Humala y los mencionados reservistas.
Luego se actúan las pruebas solicitadas como la declaración de los inculpados, testimoniales, informes forenses de necropsias, balística, pruebas de absorción atómica, etc. No se llama a testificar a Ollanta Humala ni tan siquiera para conocer sus Generales de Ley.
NOV. 2006 Vencida la etapa probatoria, el Fiscal Provincial presenta su informe final en el cual en una nota aparte, solicita se incluya a Ollanta Humala como denunciado quitándole la oportunidad para defenderse por cuanto la etapa probatoria se encontraba vencida. (A ello se suma el hecho que ninguna de las pruebas desarrolladas en la investigación a partir de la denuncia que considera a Ollanta como testigo, lo incriminan) Peor aún, el Fiscal decide pasarlo de testigo a inculpado, sin ningún elemento nuevo.
DIC. 2006 La Juez penal, en lugar de ampliar extraordinariamente la investigación para que Ollanta rinda su instructiva y presente sus pruebas de descargo lo incluye como denunciado sin ordenar siquiera la rendición de su instructiva ni darle la oportunidad de que presente pruebas de descargo. (En el Perú, el Juez, pese a que venció el plazo adicional de investigación, puede ampliarlo extraordinariamente invocando por sobre cualquier norma procesal la Constitución Política del Perú que considera como un derecho fundamental el derecho a la defensa).
Finalmente, la Juez, emite su informe final. De acuerdo a ley el expediente después del informe del Juez y de los abogados defensores debe subir a la Sala Penal Superior para que ésta la derive al Fiscal Superior quien acusa si y solo si, luego de evaluar la investigación (la defensa, pruebas de descargo aportadas por los denunciados, etc), llega a la conclusión de que sí hay culpabilidad.
JUN. 2007 Cuando el expediente ya se encontraba en la Fiscalía Superior, la defensa de Ollanta pide que se amplíe extraordinariamente la instrucción para que pueda ejercer su derecho a la defensa. Esta no se dio.
22.01.08 La Fiscal Superior acusa a Ollanta por el delito de Rebelión y lo sindica como “instigador” de dicho delito, con lo que Ollanta pasará a juicio oral a raíz de una acusación de la fiscal que, como tal, lo considera culpable sin que haya rendido su declaración, se haya escuchado a su defensa, ni permitido que presente pruebas de descargo.
La Fiscal Superior solicita en su ACUSACIÓN 15 años de prisión para Ollanta y luego de cumplidos que se le aplique la pena de EXPATRIACIÓN.
TRANSGRESIONES COMETIDAS
El Fiscal Provincial, la Juez Penal, la Fiscal Superior, la Sala Penal Superior, la Fiscalía Suprema y la Sala Penal Suprema habrían recortado flagrantemente el derecho Fundamental y Constitucional del ejercicio a la defensa y al debido proceso que le asiste al Comandante del Ejército Peruano (hoy en retiro) Ollanta Humala Tasso, ex candidato a la presidencia de la República del Perú y actualmente líder de la oposición en el país, según el 54% de encuestados, a nivel nacional.
Este acto arbitrario que constituye una serie de atropellos judiciales, atenta también contra la declaración universal de los derechos humanos de la cual Perú es parte y en donde en su artículo 9 precisa que nadie puede ser procesado ni desterrado arbitrariamente.
Nadine Heredia Alarcón
Secretaria de Relaciones Internacionales
Partido Nacionalista Peruano
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Por Partido Nacionalista Peruano.
Sintesis de los hechos por los que se ataca a Ollanta Humala, en una nota firmada por la Secretaría de Relaciones Internacionales del Partido Nacionalista Peruano.
(CASO ANDAHUAYLAS)
01.01.2005 Cuando Ollanta Humala se encontraba en Seúl como agregado militar, se produce la toma de la Comisaría de la provincia de Andahuaylas en el Perú, liderada por Antauro Humala (mayor en retiro del Ejército Peruano y hermano de Ollanta) quien protestaba por la falta de legitimidad del gobierno de Alejandro Toledo.
A raíz de ello el Fiscal de Andahuaylas denuncia a Antauro y a más de 160 reservistas (ex miembros del Ejército Peruano que han cumplido el servicio militar). Se suscitó un conflicto de competencia y el caso fue derivado a la ciudad de Lima.
Nov. 2005 Llegado a Lima el expediente judicial; el Fiscal de la 38 Fiscalía Provincial Penal de Lima formaliza denuncia ante el 38 Juzgado Penal de Lima. En ella, solicita citar a Ollanta Humala como testigo.
DIC. 2005 El 38 Juzgado Penal de Lima abre instrucción (investigación) contra Antauro Humala y los mencionados reservistas.
Luego se actúan las pruebas solicitadas como la declaración de los inculpados, testimoniales, informes forenses de necropsias, balística, pruebas de absorción atómica, etc. No se llama a testificar a Ollanta Humala ni tan siquiera para conocer sus Generales de Ley.
NOV. 2006 Vencida la etapa probatoria, el Fiscal Provincial presenta su informe final en el cual en una nota aparte, solicita se incluya a Ollanta Humala como denunciado quitándole la oportunidad para defenderse por cuanto la etapa probatoria se encontraba vencida. (A ello se suma el hecho que ninguna de las pruebas desarrolladas en la investigación a partir de la denuncia que considera a Ollanta como testigo, lo incriminan) Peor aún, el Fiscal decide pasarlo de testigo a inculpado, sin ningún elemento nuevo.
DIC. 2006 La Juez penal, en lugar de ampliar extraordinariamente la investigación para que Ollanta rinda su instructiva y presente sus pruebas de descargo lo incluye como denunciado sin ordenar siquiera la rendición de su instructiva ni darle la oportunidad de que presente pruebas de descargo. (En el Perú, el Juez, pese a que venció el plazo adicional de investigación, puede ampliarlo extraordinariamente invocando por sobre cualquier norma procesal la Constitución Política del Perú que considera como un derecho fundamental el derecho a la defensa).
Finalmente, la Juez, emite su informe final. De acuerdo a ley el expediente después del informe del Juez y de los abogados defensores debe subir a la Sala Penal Superior para que ésta la derive al Fiscal Superior quien acusa si y solo si, luego de evaluar la investigación (la defensa, pruebas de descargo aportadas por los denunciados, etc), llega a la conclusión de que sí hay culpabilidad.
JUN. 2007 Cuando el expediente ya se encontraba en la Fiscalía Superior, la defensa de Ollanta pide que se amplíe extraordinariamente la instrucción para que pueda ejercer su derecho a la defensa. Esta no se dio.
22.01.08 La Fiscal Superior acusa a Ollanta por el delito de Rebelión y lo sindica como “instigador” de dicho delito, con lo que Ollanta pasará a juicio oral a raíz de una acusación de la fiscal que, como tal, lo considera culpable sin que haya rendido su declaración, se haya escuchado a su defensa, ni permitido que presente pruebas de descargo.
La Fiscal Superior solicita en su ACUSACIÓN 15 años de prisión para Ollanta y luego de cumplidos que se le aplique la pena de EXPATRIACIÓN.
TRANSGRESIONES COMETIDAS
El Fiscal Provincial, la Juez Penal, la Fiscal Superior, la Sala Penal Superior, la Fiscalía Suprema y la Sala Penal Suprema habrían recortado flagrantemente el derecho Fundamental y Constitucional del ejercicio a la defensa y al debido proceso que le asiste al Comandante del Ejército Peruano (hoy en retiro) Ollanta Humala Tasso, ex candidato a la presidencia de la República del Perú y actualmente líder de la oposición en el país, según el 54% de encuestados, a nivel nacional.
Este acto arbitrario que constituye una serie de atropellos judiciales, atenta también contra la declaración universal de los derechos humanos de la cual Perú es parte y en donde en su artículo 9 precisa que nadie puede ser procesado ni desterrado arbitrariamente.
Nadine Heredia Alarcón
Secretaria de Relaciones Internacionales
Partido Nacionalista Peruano
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